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CAZA MENOR

En el Coto de Caza de Valdés para la práctica de la Caza Menor se permutan como días hábiles los Domingos por los Sábados.

Épocas de caza

Caza menor en general: Desde el tercer domingo de octubre de 2019 al segundo domingo de febrero de 2020. Zorro: Desde el tercer domingo de octubre de 2019 al último día hábil del mes de febrero de 2020, para las cacerías especificas de zorro reflejadas en el Plan de Aprovechamiento del Coto Regional de Caza. Además se autoriza la caza del zorro en las cacerías autorizadas de cualquier modalidad y especie cinegética dentro de las temporadas hábiles de la especie objeto principal del permiso de caza. Especies objeto de caza durante la media veda: Zorro, Paloma Torcaz, Paloma Bravía, Gaviota Reidora, Gaviota Argéntea, Gaviota Patiamarilla, Estornino Pinto, urraca y Corneja. La caza del zorro durante media veda se realizará sin el auxilio de perros. Días hábiles: Jueves, Sábados y demás festivos de carácter nacional o regional.
Queda prohibida la realización de cacerías de menor durante las fechas y en las áreas del coto en que esté programada una cacería de mayor.
Horas hábiles:  Con carácter general: Desde el orto al ocaso. Modalidades de caza Al salto: Un cazador acompañado de un máximo de tres perros. En mano y sus variantes: Acción combinada de dos a seis cazadores acompañados o no de perros (no superior a ocho). Cacerías de zorro: En las cacerías específicas de zorro, tanto al salto como en mano, los perros, si se utilizaran, serán de rastro. En cualquier otra cacería autorizada se podrá cazar el zorro, sin que se considere como parte del cupo, en cuyo caso tampoco originará pago de cuota complementaria. La cacería se dará por finalizada una vez cobrado el cupo correspondiente al permiso específico de la misma. Cupos de caza Caza menor: El número máximo de ejemplares por cazador y día, es de: 3 arceas 5 avefrías 25 estorninos pintos 25 urracas o cornejas, 5 anátidas y 10 de otras especies. Protección a la caza menor Queda prohibida la caza de la arcea (Scolopax rusticola) al paso, al amanecer y al atardecer. Queda prohibida el empleo de reclamos de todo tipo. Sobre especies objeto de caza. Queda vedada la caza de la perdiz Roja en el Coto de Valdés.

SUELTA DE FAISANES

Solo podrán participar en las sueltas de faisanes aquellos socios que hagan un único ingreso de 50 euros y dispongan de la tarjeta correspondiente para participar en las sueltas de faisán. Se harán sei sueltas a cargo del coto,  el número de faisanes  y las áreas afectadas serán las que se relacionan a continuación: 25 faisanes en el Área 01 - Otur en las proximidades al campo de Fútbol del Oturense. 25 faisanes en el Área 02 – Valtraviso en las proximidades de las localidades de Albarde, La Mata y San Martín. 25 faisanes en el Área 06 – Costa entre las Localidades de Leiján en Barcia y Caroyas. 25 faisanes en el Área 06 – Costa entre las Localidades de San Cristobal y Cadavedo. Las zonas y el número podrán verse afectados según las condiciones del tiempo o el número de socios que participen en las mismas. Las Fechas de las sueltas serán los días, 21 de Octubre de 2023 (Sábado), 11 de Noviembre de 2023 (Sábado), 2 de Diciembre de 2023 (Sábado), 23 de Diciembre de 2023  (Sábado), 6 de Enero de 2024 (Sábado), 27 de Enero de 2024 (Sábado).
De acuerdo con lo establecido en los artículos 66, 67 y 74 del Decreto 24/91, por el que se aprueba el Reglamento de Caza, en todas las cacerías de zorro en los cotos regionales de caza, los cazadores irán provistos de un permiso o autorización expedida por la sociedad de cazadores y firmada por el representante habilitado por la sociedad de cazadores adjudicataria del coto regional de caza en la que figure al menos la siguiente información: Fecha de celebración del permiso de caza, áreas de caza y en el caso de cacería de zorro, zona a cazar, relación completa de cazadores participantes así como de batidores con nombre y DNI. Los permisos de caza para el zorro podrán amparar entre dos y ocho cazadores.
DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS VEDADAS PARA LA CAZA MENOR: En el coto de Valdés se reservan tres áreas de vedado de caza menor: una en el extremo suroccidental del concejo y otras dos en la zona norte central, limitando con el Refugio de Caza de Busto: Zona de Vedado de Caza Menor de Riopinoso: Su límite Este es la carretera AS-219 desde Aristebano hasta Leiriella; por el norte: en Leiriella camino que va hasta Busmourico y donde termina el camino por la divisoria de aguas hasta el cruce de los arroyos Leiriella y Pena de la Gárgolas. Se continua por este último aguas arriba hasta el camino que lleva a Candanosa. Se sigue por los caminos que desde aquí suben al Pico El Curión y la divisioria de aguas hasta el camino que une La Candanosa y Rioseco. Continúa el límite por este camino hasta Rioseco y hasta el enlace con la pista de Paladeperre en el puente que cruza el río Negro. Desde aquí el límite de la zona discurre por el río Negro aguas arriba hasta Buseco. Desde aquí continua por el camino que une los pueblos de Buseco y  Concernoso. Desde Concernoso por la carretera que comunica con la AS-36. Continúa el límite en dirección norte  por la carretera AS-36 hasta La Carboniella, y  desde aquí por la carretera que une con Arnizo. Desde Arnizo el límite es camino que une con Busantiane y desde aquí  la carretera de El Vidural hasta el límite con el concejo de Navia; por el oeste los límites son los concejos de Navia y Villayón; y por el Sur el límite es el concejo de Tineo.  
Zona de Vedado de Caza Menor de Canero: Límite norte:  Mar Cantábrico; por el sur: carretera nacional N-632, por el este caminos que van desde el mirador del Cabo Busto hasta el Chano Canero y por el oeste: el río Esva.   Zona de Vedado de Caza Menor de Busto: Limita al Norte con el Mar Cantábrico; al sur borde de las fincas de labor de Querúas; al Este con el arroyo de Santa Ana y por el oeste con el camino que va a la playa Ponxeo.
Caza Menor