© Comunidad de Cazadores del Concejo de Valdés
COMUNIDAD DE CAZADORES DEL CONCEJO DE VALDÉS
CAZA MENOR
En el Coto de Caza de Valdés para la práctica de la Caza Menor se permutan como días hábiles los
Domingos por los Sábados.
Épocas de caza
Caza menor en general:
Desde el tercer domingo de octubre de 2019 al segundo
domingo de febrero de 2020.
Zorro:
Desde el tercer domingo de octubre de 2019 al último día
hábil del mes de febrero de 2020, para las cacerías
especificas de zorro reflejadas en el Plan de Aprovechamiento
del Coto Regional de Caza. Además se autoriza la caza del
zorro en las cacerías autorizadas de cualquier modalidad y
especie cinegética dentro de las temporadas hábiles de la
especie objeto principal del permiso de caza.
Especies objeto de caza durante la media veda: Zorro,
Paloma Torcaz, Paloma Bravía, Gaviota Reidora, Gaviota
Argéntea, Gaviota Patiamarilla, Estornino Pinto, urraca y
Corneja.
La caza del zorro durante media veda se realizará sin el
auxilio de perros.
Días hábiles: Jueves, Sábados y demás festivos de carácter
nacional o regional.
Queda prohibida la realización de cacerías de menor durante las fechas y
en las áreas del coto en que esté programada una cacería de mayor.
Horas hábiles: Con carácter general: Desde el orto al ocaso.
Modalidades de caza
Al salto: Un cazador acompañado de un máximo de tres perros.
En mano y sus variantes: Acción combinada de dos a seis cazadores
acompañados o no de perros (no superior a ocho).
Cacerías de zorro: En las cacerías específicas de zorro, tanto al salto
como en mano, los perros, si se utilizaran, serán de rastro. En
cualquier otra cacería autorizada se podrá cazar el zorro, sin que se
considere como parte del cupo, en cuyo caso tampoco originará pago
de cuota complementaria. La cacería se dará por finalizada una vez
cobrado el cupo correspondiente al permiso específico de la misma.
Cupos de caza
Caza menor: El número máximo de ejemplares por cazador y día, es
de: 3 arceas 5 avefrías 25 estorninos pintos 25 urracas o cornejas, 5
anátidas y 10 de otras especies.
Protección a la caza menor
Queda prohibida la caza de la arcea (Scolopax rusticola) al paso, al
amanecer y al atardecer.
Queda prohibida el empleo de reclamos de todo tipo.
Sobre especies objeto de caza.
Queda vedada la caza de la perdiz Roja en el Coto de Valdés.
SUELTA DE FAISANES
Solo podrán participar en las sueltas de faisanes aquellos
socios que hagan un único ingreso de 50 euros y dispongan
de la tarjeta correspondiente para participar en las sueltas
de faisán.
Se harán sei sueltas a cargo del coto, el número de faisanes
y las áreas afectadas serán las que se relacionan a
continuación:
25 faisanes en el Área 01 - Otur en las proximidades al
campo de Fútbol del Oturense.
25 faisanes en el Área 02 – Valtraviso en las proximidades
de las localidades de Albarde, La Mata y San Martín.
25 faisanes en el Área 06 – Costa entre las Localidades de
Leiján en Barcia y Caroyas.
25 faisanes en el Área 06 – Costa entre las Localidades de
San Cristobal y Cadavedo.
Las zonas y el número podrán verse afectados según las
condiciones del tiempo o el número de socios que participen
en las mismas.
Las Fechas de las sueltas serán los días, 21 de Octubre de
2023 (Sábado), 11 de Noviembre de 2023 (Sábado), 2 de
Diciembre de 2023 (Sábado), 23 de Diciembre de 2023
(Sábado), 6 de Enero de 2024 (Sábado), 27 de Enero de
2024 (Sábado).
De acuerdo con lo establecido en los artículos 66, 67 y
74 del Decreto 24/91, por el que se aprueba el
Reglamento de Caza, en todas las cacerías de zorro en
los cotos regionales de caza, los cazadores irán
provistos de un permiso o autorización expedida por la
sociedad de cazadores y firmada por el representante
habilitado por la sociedad de cazadores adjudicataria del
coto regional de caza en la que figure al menos la
siguiente información: Fecha de celebración del permiso
de caza, áreas de caza y en el caso de cacería de zorro,
zona a cazar, relación completa de cazadores
participantes así como de batidores con nombre y DNI.
Los permisos de caza para el zorro podrán amparar
entre dos y ocho cazadores.
DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS VEDADAS PARA LA CAZA MENOR:
En el coto de Valdés se reservan tres áreas de vedado de caza menor: una en el extremo suroccidental del concejo y otras
dos en la zona norte central, limitando con el Refugio de Caza de Busto:
Zona de Vedado de Caza Menor de Riopinoso:
Su límite Este es la carretera AS-219 desde Aristebano hasta Leiriella; por el norte: en Leiriella camino que va hasta
Busmourico y donde termina el camino por la divisoria de aguas hasta el cruce de los arroyos Leiriella y Pena de la
Gárgolas. Se continua por este último aguas arriba hasta el camino que lleva a Candanosa. Se sigue por los caminos que
desde aquí suben al Pico El Curión y la divisioria de aguas hasta el camino que une La Candanosa y Rioseco. Continúa el
límite por este camino hasta Rioseco y hasta el enlace con la pista de Paladeperre en el puente que cruza el río Negro.
Desde aquí el límite de la zona discurre por el río Negro aguas arriba hasta Buseco. Desde aquí continua por el camino que
une los pueblos de Buseco y Concernoso. Desde Concernoso por la carretera que comunica con la AS-36. Continúa el
límite en dirección norte por la carretera AS-36 hasta La Carboniella, y desde aquí por la carretera que une con Arnizo.
Desde Arnizo el límite es camino que une con Busantiane y desde aquí la carretera de El Vidural hasta el límite con el
concejo de Navia; por el oeste los límites son los concejos de Navia y Villayón; y por el Sur el límite es el concejo de Tineo.
Zona de Vedado de Caza Menor de Canero: Límite norte:
Mar Cantábrico; por el sur: carretera nacional N-632, por el este caminos que van desde el mirador del Cabo Busto hasta
el Chano Canero y por el oeste: el río Esva.
Zona de Vedado de Caza Menor de Busto:
Limita al Norte con el Mar Cantábrico; al sur borde de las fincas de labor de Querúas; al Este con el arroyo de Santa Ana y
por el oeste con el camino que va a la playa Ponxeo.