© Comunidad de Cazadores del Concejo de Valdés
COMUNIDAD DE CAZADORES DEL CONCEJO DE VALDÉS
Disposición General de Vedas
2025 - 2026
BOPA Nº 55 del jueves 20/03/2025
CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA
Anexo
A.1. TERRENOS GESTIONADOS Y ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.
En los Refugios, Zonas de seguridad y Cercados, está prohibido con carácter permanente el ejercicio de la caza.
Refugios
Reservas
Zonas de seguridad
Cercados y vallados
CERCADOS Y VALLADOS
A.2 Terrenos cuya gestión esta cedida a sociedades de cazadores.
COTOS REGIONALES DE CAZA
A.3.—Terrenos sometidos a régimen cinegético especial, declarados sobre la base de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de
Caza, vigentes en la actualidad, y cuya gestión corresponde a sus titulares.
COTOS PRIVADOS DE CAZA
ZONAS DE SEGURIDAD
Ademas de los supuestos recogidos en el art. 11.2 de la Ley 2/89, de 6 de junio, de Caza, se encuentran declaradas las
siguientes: