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Disposición  General de Vedas

2022 - 2023

BOPA Nº 60 del lunes 28/03/2022
          CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y COHESIÓN TERRITORIAL
Resolución de 21 de marzo de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la Disposición General de Vedas para la temporada 2022-2023 en el territorio del Principado de Asturias. Antecedentes de hecho Oído el Consejo Regional de la Caza en su reunión del 16 de marzo de 2022. Con fecha 18 de marzo de 2022, el Servicio de Vida Silvestre de la Dirección General de Medio Natural y Planificación Rural, realiza informe propuesta relativo a la Disposición General de Vedas para la temporada 2022-2023 en el territorio del Principado de Asturias. Fundamentos de derecho Primero.- De conformidad con el artículo 20 de la ley 2/89, de 6 de junio, de Caza del Principado de Asturias. Segundo.- De conformidad con los artículos 42 y 43 del Decreto 24/91, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Caza, y posteriores modificaciones. R E S U E L V O Aprobar la Disposición General de Vedas que regirá en la temporada de caza 2022-23, en el territorio del Principado de Asturias, que se inserta a continuación en el anexo I. Oviedo, 22 de marzo de 2022.—El Consejero de Medio Rural y Cohesión Territorial.—P. D., Resolución de 16/07/2020 (BOPA de 21/07/2020), el Director General de Medio Natural y Planificación Rural.—Cód. 2022-02178. Anexo I NORMAS DE CAZA QUE REGIRÁN EN LA TEMPORADA 2022-2023 1.—De los terrenos cinegéticos. 1.1. Terrenos sometidos a régimen cinegético especial: Los terrenos sometidos a régimen cinegético especial se relacionan como anexo a esta Resolución. Esta relación podrá variar en su calificación a lo largo del período de vigencia de aquella, actualizándose en el correspondiente Registro. 1.2. Terrenos de aprovechamiento cinegético común: Los que no estén sometidos a régimen cinegético especial.